Animales Vivos: Especificaciones Técnicas
Responsabilidad del Remitente
Antes de entregar los animales vivos para el transporte deberá:
- Verificar que las especies a transportar no se encuentren bajo ninguna
restricción de protección, ya sea nacional o internacional.
-
Certificar que el o los animales pueden ingresar al país de destino sin
restricciones. En caso de dudas, el expedidor debe contactar al Consulado del Estado de
destino para asegurarse de que las regulaciones de dicho Estado se hayan cumplido.
- Confirmar, mediante un certificado, que el o
los animales gocen de buena salud y estén en buenas condiciones para el
transporte.
- Presentar la documentación necesaria:
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-
Certificados Sanitarios emitidos por el organismo oficial del país de origen.
-
Permisos de salida e ingreso de los países de origen y destino.
-
Certificación del Expedidor para Animales Vivos (completado en duplicado).
- Cualquier otro certificado requerido por el país de envío, tránsito o
destino.
- Embalar los animales en contenedores que cumplan con los principios básicos
contenidos en la Reglamentación de Animales Vivos de la
IATA en relación a la seguridad, protección y
comodidad de los animales.
Ver contenedores
.
- Entregar, junto a la documentación, una copia de las instrucciones de
alimentación y abrevado para casos de demoras. Asimismo, registrar en el contenedor la fecha y hora
en que el(los) animal(es) fueron alimentados y abrevados antes de la aceptación por parte de LAN
CARGO.
-
El uso de drogas tranquilizantes no es aconsejable en el transporte de animales
vivos, en casos muy especiales en que la administración de estas drogas sea necesaria, se deben
realizar de acuerdo a lo señalado en la Reglamentación de la IATA y bajo la supervisión de un
profesional (veterinario), en cuyo caso deberá agregarse a la documentación un certificado que
indique lo siguiente:
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- Nombre científico (no comercial) de la droga administrada.
- Hora de administración.
- Dosis administrada.
- Duración de los efectos de la misma.
- Verificar que
los
animales tomados en estado salvaje hayan sido aclimatados por un período, no
inferior al tiempo de aclimatación señalado para la especie en el Manual de Animales Vivos de la
IATA.
- En el caso de hembras en estado de preñez, verificar que éstas estén dentro de
los límites máximos permitidos, para lo cual debe informar de esta situación a LAN CARGO. (Se debe
presentar un certificado veterinario que indique que el animal puede viajar sin riesgos de parto
durante el transporte).
- Planificar junto con LAN CARGO el transporte por la ruta más directa
posible.
Para hacer más fácil el cumplimiento de los trámites y procedimientos, imprima nuestro listado
de Responsabilidad del Exportador Incluir un listado imprimible.
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